Tuesday, 14 de May de 2024 ISSN 1519-7670 - Ano 24 - nº 1287

Josep María Casasús

LA VANGUARDIA

"Las razones de las ?caras ocultas?", copyright La Vanguardia, 30/9/01

"La lectora Núria Pujol, de Barcelona, me propone que explique qué criterios se siguen para ?ocultar? o no las caras de quienes aparecen en las fotografías que publica la prensa.

La consulta, que formula mediante un correo electrónico fechado el pasado 2 de septiembre, contiene en síntesis las siguientes observaciones: ?Desde hace muchos meses he venido observando en diferentes publicaciones (periódicos, revistas de actualidad, de información general, prensa del corazón y también en televisión) que aparecen personajes con la cara ?oculta? después de un proceso de tratamiento digital de la imagen. Los dos colectivos que he observado son agentes de policía (escoltas, Policía Nacional, Mossos d’Esquadra, Guardia Civil, etcétera) y niños. Seguramente hay más, pero me he fijado en estos porque son los más recurrentes?.

Y argumenta: ?Me imagino que en el primer caso es por cuestiones de seguridad para evitar que, en el caso caso de los policías, por ejemplo, puedan ser identificados y en el caso de los niños, por la ley de Protección del Menor. Pero a menudo, sobre un tema determinado aparecen fotografías similares en los distintos medios y en unos aparece esta ?cara oculta? y en otros no?.

Expone esta lectora un caso concreto: ?En el desalojo de los inmigrantes de la plaza André Malraux por parte de la policía, en algunas cadenas de televisión aparecían los agentes ?descubiertos? y en otras se había tratado la imagen. ?Corresponde a la cadena de televisión o al periódico concreto decidirlo? ?Hay un código ético igual para todos? ?Se ?tapa la cara? solamente en los casos de terrorismo??

Trato de corresponder a esta consulta desde la perspectiva general de la deontología del periodismo. Concretamente, a partir de las fuentes documentales que suministran criterios de ética aplicada a la prensa y a partir de las prácticas que en esta materia se materializan en el diario. Una de las funciones principales que, por estatuto, tiene atribuida el defensor del lector es atender dudas sobre los contenidos del diario y sobre los criterios profesionales del ejercicio del periodismo.

Contesto a la primera pregunta de la lectora Núria Pujol: Sí, corresponde a cada cadena de televisión o a cada diario decidir en qué casos procede impedir que se identifique el rostro de una persona en la imagen reproducida.

Respecto a la segunda pregunta es oportuno explicar que existen códigos deontológicos que efectivamente afectan a todos los periodistas, y otros que son particulares de cada medio de comunicación.

El principio general que recomienda desfigurar con tratamiento digital la imagen de algunos rostros en prensa y en televisión es preservar el anonimato de las personas en dos tipos de casuística. Uno es el relacionado con el propósito de garantizar los derechos de los menores en asuntos relacionados con actividades delictivas o con tragedias personales. Otro tipo de casuística es la vinculada a razones de protección personal de los agentes que actúan al servicio de la justicia y la seguridad de los ciudadanos.

Los códigos deontológicos más próximos (el del Col?legi de Periodistes de Catalunya y el de la Federación de Asociaciones de la Prensa de España) sólo se refieren, en términos generales, a esta materia en los casos que afectan a menores. El código catalán, concretamente, exhorta a ?tratar con especial cuidado toda información que afecte a menores, evitando difundir su identificación cuando aparezcan como víctimas (excepto en el supuesto de homicidio), testigos o inculpados en causas criminales, sobre todo en asuntos de especial trascendencia social, como es el caso de los delitos sexuales?.

En el sector de la televisión existen dos documentos de orientación deontológica que aluden especialmente a la intervención ética sobre las imágenes.

El libro de estilo de Telemadrid incluye el siguiente principio: ?Los redactores adoptarán todo tipo de precauciones (mediante la utilización de tramas o virados de imagen que impidan su identificación) a la hora de entrevistar y de obtener imágenes de menores de 16 años en ausencia de los padres o sin el consentimiento del padre o de la madre, de ambos o, en su defecto, de la persona adulta responsable del niño?.

Y en unas recientes recomendaciones sobre el tratamiento informativo de las tragedias personales, el Consell de l’Audiovisual de Catalunya expone el siguiente criterio: ?En determinados casos, es necesario intervenir sobre las imágenes y/o la voz con el fin de preservar el anonimato de los afectados y garantizar la privacidad?.

Las fotos de archivo utilizadas para ilustrar trabajos periodísticos sobre asuntos de delincuencia también son tratadas durante el proceso de edición para que no se identifique a las personas que aparecen en las imágenes.

Esta intervención técnica en la imagen puede dotarla, incluso, de ciertos rasgos estilísticos, como ocurre con la publicada en la página 19 de ?La Vanguardia? del pasado 22 de agosto en una pieza encabezada con el título ?La policía detiene a un violador en serie?.

Lo de violadores ?en serie?, por cierto, ha motivado este comentario del lector Alfonso Gómez, de Barcelona: ??No es más correcto calificarlos de violadores ?contumaces?? ?En serie? sólo se aplica a la fabricación de muchos objetos iguales entre sí, no a los individuos?, dice. Tiene razón."

    
    
                     

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