Tuesday, 16 de April de 2024 ISSN 1519-7670 - Ano 24 - nº 1283

Cynthia Ottaviano

“Entre el primer día de diciembre de 2012 y el 31 de agosto de 2013, la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual de Argentina recibió un total de 949 presentaciones vinculadas al sistema de radio y televisión, pública y privada, de todo el país.

De ese total de casos 541 se constituyeron en actuaciones; 380 en consultas y 28 fueron derivados a distintos organismos.

La Ley 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), que creó la Defensoría señala en su artículo 19 que entre las funciones de este organismo se encuentra la de 'recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de radio y televisión'.

Toda vez que se incumpla la LSCA, el público tiene derecho a presentarse ante la Defensoría y ésta tiene la responsabilidad de dar curso y seguimiento de sus reclamos vinculados con: administración del espectro radioeléctrico, acceso a los medios y las nuevas tecnologías, interferencias, llamados a concursos, cuotas de producción nacional y publicidad. También, sobre el respeto a la integridad de las personas, la diversidad y el pluralismo.

Además, los artículos 68, 70 y 71 de la LSCA establecen condiciones que los contenidos de las programaciones deben contemplar para: proteger a las niñas y niños, evitar tratos discriminatorios y dar cumplimiento a otras leyes (vinculadas con publicidad de tabaco, contra el alcoholismo, sobre la difusión de temas de salud, la protección de niñas, niños y adolescentes, contra la violencia hacia las mujeres y la discriminación hacia personas con discapacidad).

Estos artículos sirven especialmente de marco para la defensa de los derechos de las audiencias.

Como ejemplos de algunas de las presentaciones recibidas y resueltas por la Defensoría pueden citarse tres casos referidos a la protección de niños y niñas, derechos de los pueblos originarios y no violencia mediática contra las mujeres:

El 3 de mayo se recibió una denuncia en la que se sostenía que en el programa de televisión 'Poné a Francella' de Telefé (emitido originalmente hace unos años pero cuyas repeticiones se pasaban en la actualidad), se tomaba con humor 'el acoso sexual de un hombre adulto hacia una niña o adolescente, amiga de su hija'. Luego del estudio del caso hecho por especialistas de la Defensoría en las áreas de investigación en medios y asuntos jurídicos, quedó en claro que el relato televisivo se daba en el marco de un discurso humorístico.

Más allá de esta primera conclusión, la Defensoría decidió abrir la discusión del caso e invitó a organizaciones de la sociedad civil y organismos estatales involucrados en la protección de la niñez y la adolescencia para conocer sus opiniones. De allí surgió la recomendación de que el sketch cuestionado se emitiera fuera del horario apto para todo público, como había sucedido en otras temporadas de ese mismo programa.

Luego de esta instancia, se realizó una reunión con los responsables del canal de televisión y se les recomendó que 'al reponer en el aire programación originalmente producida y emitida en períodos distantes al tiempo concreto de la repetición, consideren especialmente el cambio de contexto social y cultural, en lo que hace al cumplimiento del horario apto para todo público, a cuestiones de género, violencia, discriminación, niñez y adolescencia, así como la nueva normativa vigente en el ámbito de la comunicación social'.

Otro caso gestionado por la Defensoría del Público fue el referido a un  reclamo recibido durante la primera Audiencia Pública que se realizó el pasado 26 de abril en la provincia de Chaco, en el norte del país. Allí una de las expositoras indicó que la enseñanza de la fonética de los idiomas de los pueblos originarios no estaba contemplada en la currícula del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica (ISER), que en Argentina forma a los locutores que trabajan en los medios audiovisuales. Sin embargo, esto sí ocurría con idiomas extranjeros.

La Defensoría inició actuaciones ante la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) para colocar a los idiomas de los pueblos originarios en un pie de igualdad con otros que se enseñan en el ISER. La AFSCA se comprometió a implementar talleres extracurriculares sobre tales fonéticas y a incorporar esos contenidos a la currícula en los institutos dependientes del ISER ubicados en zonas geográficas cuyo idioma corresponda con la lengua precolombina.

En tanto, otros reclamos recibidos por la Defensoría del Público fueron los referidos al programa de música 'Pasión de sábado' de América TV, que se emite de '12 a 18 horas donde exponen a jovencitas enfocando sus colas en primer plano con la cámara debajo de los glúteos, con movimientos eróticos'. La dirección del canal fue puesta en conocimiento de tales quejas y respondió a través de su apoderada considerando que los reclamos carecían de argumentos sólidos.

La Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo de la Defensoría del Público expuso que 'los cuerpos de las bailarinas en 'Pasión de sábado' adquieren visibilidad dentro del programa en tanto objetos sexuales y sexualizados, efecto que se construye con los primeros planos de sus colas, pero también con la reducción de su presencia a dichos planos. Esta participación acotada al regodeo de la cámara en una parte de su cuerpo produce un efecto de cosificación que se ve acompañado por otros elementos ligados al machismo y al androcentrismo que demandan y festejan que el cuerpo femenino se cosifique'.

En una reunión posterior mantenida entre expertos de la Defensoría y autoridades del canal, éstos se comprometieron a implementar cambios en los aspectos cuestionados. Por autorregulación decidieron reemplazar el vestuario de las bailarinas y ordenar que las tomas de cámara procuren evitar aquellas imágenes que generen un efecto de cosificación de los cuerpos. La Defensoría pudo constatar estos cambios en el visionado de las emisiones correspondientes a los días 1 y 15 de junio.”